A través del derecho a la desconexión digital, se garantiza el descanso, la conciliación de la vida personal y laboral y la protección de la seguridad y salud de las personas trabajadoras.
El sindicato hace hincapié en que todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a la desconexión digital. También aquellos que trabajan a distancia. Este derecho viene recogido en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y en la Ley de Trabajo a Distancia. Sin embargo, UGT reclama que este derecho se incluya también en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
En periodo de vacaciones UGT recuerda que la desconexión digital es un derecho, no un privilegio.
El problema de no desconectar durante los periodos de descanso, incluidas las vacaciones, es que la persona trabajadora no se recupera ni física ni mentalmente. Al contrario, para las personas afectadas, se prolonga la jornada laboral; se aumenta la carga de trabajo; se favorecen las interrupciones; crecen las tareas que inicialmente no estaban previstas y se genera una necesidad de urgencia en la respuesta.
Todo ello puede resultar en problemas de salud derivados de la exposición a riesgos psicosociales y ergonómicos. Estos pueden abarcar patologías relacionadas con la salud mental, cardiovascular y musculoesquelética. Además, pueden aflorar problemas de conciliación y mantenimiento del sueño; de aumento del nivel de tecnoestrés y de la fatiga informativa; además de una disminución del rendimiento.