A saber…. ¿En qué formato debe la empresa entregar la documentación a las delegadas y los delegados de prevención?

La documentación a la que tienen acceso las delegadas y los delegados de prevención se entregará en soporte físico y/o electrónico.

Tal y como se recoge en el artículo 30.3 de la Ley 31/95 de prevención de riesgos laborales (LPRL), la empresa debe facilitar a las personas trabajadoras designadas el acceso a la información y documentación a que se refieren los artículos 18 y 23 de la LPRL.

La empresa entregará una copia de la documentación (Criterio Técnico 43 de la ITSS), y esta copia puede ser en soporte físico y/o electrónico.

Será información sin restricciones, completa y suficiente para poder conocer la situación en la empresa en relación a la prevención de riesgos y las afecciones o posibles afecciones a la seguridad y la salud de las personas trabajadoras, y poder ejercer sus competencias.

La documentación se entregará con el tiempo suficiente para ser examinada por las delegadas y los delegados de prevención.

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