Prevención y actuación ante el acoso sexual en el trabajo

Sexual harassment at work

El acoso sexual laboral es un acto de violencia en el lugar de trabajo contrario a la dignidad humana, a la intimidad, que lesiona la integridad de las personas.

Se define como acoso sexual cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.

El acoso sexual y/o por razón de sexo en el entorno laboral constituyen expresiones de violencia que atentan contra diversos derechos fundamentales y tienen un efecto devastador sobre la integridad física, psíquica y moral de las personas, especialmente de las mujeres. Ambos son contrarios al principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres y constituyen discriminación por razón de sexo. Además, contaminan el entorno laboral y tienen importantes efectos sobre el clima laboral de la empresa o entidad en la que se producen. Así comienza el Manual que incluye el “Protocolo de Prevención y Actuación frente al Acoso Sexual y Acoso por razón de Sexo en el ámbito laboral”, elaborado por el Instituto de las Mujeres.

El acoso sexual y el acoso por razón de sexo, se consideran discriminatorios y están expresamente prohibidos por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Tanto el Estatuto de los Trabajadores, como el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social consideran el acoso sexual y el acoso por razón de sexo como infracción muy grave, pudiendo ser causa de despido disciplinario de la persona acosadora y causa justa para que la víctima solicite la resolución del contrato de trabajo.

El acoso sexual puede, además, ser constitutivo de delito conforme a lo previsto en Código Penal con pena de prisión o multa.

Cualquier clase de acoso, y en particular el acoso sexual, se incluye dentro de los denominados factores psicosociales que pueden aparecer en el seno de las relaciones laborales y que se vinculan con las relaciones personales.

El acoso sexual afecta a la salud de la persona que lo sufre, pudiendo producir un importante deterioro de la salud físico y/o psicológico en la persona que es acosada. Las distintas patologías asociadas a quien es víctima de acoso sexual están muy relacionadas con reacciones mixtas de ansiedad, depresión y angustia que generan trastornos de distinta índole e intensidad en las personas.

Todas las empresas, sean del tamaño que sean, tienen la obligación legal de promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, arbitrando procedimientos específicos para su prevención, así como para dar cauce a las denuncias o reclamaciones.

Acceder al Manual de Referencia que incluye el Protocolo.

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