Plan Nacional de Actuaciones Preventivas por Bajas Temperaturas

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El Ministerio de Sanidad ha puesto en marcha un sistema de avisos para informar a la ciudadanía cuando la temperatura mínima prevista sea inferior a la temperatura umbral de impacto en la salud y se alcancen los distintos niveles de riesgo. Siendo el nivel 2 correspondiente al riesgo medio (color azul medio) y el nivel 3 correspondiente al alto riesgo (color azul oscuro).

Esta medida se enmarca en el Plan Nacional de Actuaciones Preventivas por Bajas Temperaturas 2024-2025, activo desde el 2 de diciembre.

En dicho Plan se establecen las recomendaciones para reducir los efectos en la salud asociados a las bajas temperaturas, así como las medidas para coordinar las instituciones de la Administración del Estado implicadas y propone acciones que se pueden realizar por parte de las Comunidades Autónomas y/o la Administración Local.

Asimismo, se establecen unas determinadas acciones para la prevención y el control, estructuradas en varios niveles de actuación según el nivel de riesgo alcanzado como consecuencia de descenso de las temperaturas.

Además, plantea la recogida de información predictiva sobre temperatura ambiental e información diaria sobre los cambios cuantitativos de la mortalidad y establece los criterios del sistema de información que permite la vigilancia activa de los riesgos asociados a la exposición a bajas temperaturas.

La suscripción al sistema de avisos puede realizarse a través del siguiente enlace: https://www.sanidad.gob.es/bajasTemperaturas2024-2025/suscripcion.do

El estrés térmico por frío es aquel que se produce como consecuencia de una exposición laboral a ambientes de trabajo a bajas temperaturas. Dicha exposición puede producir síntomas desde leves incomodidades y enfriamiento, hasta problemas más graves como la hipotermia fisiológica, además de aumentar el riesgo de padecer trastornos musculoesqueléticos.

El tipo de trabajo influye en los riesgos a los que están expuestas las personas trabajadoras. En los trabajos al aire libre, en altitud, en aquellos que se está en contacto con agua fría, pero también en aquellos que se dan dentro de un local en ambientes fríos como, por ejemplo, los desempeñados en casetas sin calefacción o en cámaras frigoríficas, el riesgo de estrés térmico por frío es elevado.

Según Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo en los trabajos al aire libre y en aquellos lugares de trabajo que no puedan quedar cerrados, se deberán tomar las medidas adecuadas para la protección de las personas trabajadoras frente a los fenómenos meteorológicos adversos, en este caso el frío.

Desde el sindicato recordamos la obligación empresarial de evaluar la exposición a bajas temperaturas, así como de aplicar las medidas preventivas necesarias para proteger a trabajadores y trabajadoras. Para la realización de la evaluación de riesgos se deberá tener en consideración las características de la tarea que se desarrolla y las características personales o el estado biológico conocido de la persona trabajadora.

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