El INSST acaba de publicar la NTP 1165: Teletrabajo: criterios para su integración en el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo
La gestión de la prevención de los riesgos laborales asociados a la modalidad de teletrabajo requiere algunas matizaciones para poder integrarse de forma eficaz en el sistema de prevención de la empresa. La actual regulación normativa de esta forma de organizar el trabajo ha motivado la elaboración de este documento cuyo objetivo principal es facilitar la identificación de los elementos diferenciales del teletrabajo para poder integrar su gestión como una actividad más dentro del sistema preventivo. Así mismo, se hace una revisión de la normativa preventiva que resulta de aplicación a esta actividad así como de las características más relevantes del teletrabajo que puedan afectar a la salud del personal que lo desarrolla.
Así comienza está NTP que además complementa a las NTP 412, 1.122 y 1.123.
Muchos de los comentarios incluidos en esta NTP están referidos a la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, cuyo ámbito de aplicación se limita al sector privado. Si bien, el contenido técnico de la Nota Técnica es de utilidad para todo el colectivo del personal trabajador que se encuentra afectado por la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, incluido el personal al servicio de las administraciones públicas.
Es importante señalar que esta NTP está concebida para un teletrabajo implantado en un contexto laboral ordinario, es decir, exento de las dificultades y particularidades que crisis puntuales, como la causada por la pandemia del COVID-19, puedan suponer en un momento determinado.