La definición de la enfermedad profesional basada en un sistema de lista, pese a la inclusión de algunos elementos de flexibilidad, plantea notorios problemas de lagunas, desfases y obsolescencia. Se ha suscitado la necesidad de expandir el concepto legal en relación con determinadas enfermedades ligadas a profesiones altamente feminizadas, en buena medida olvidadas en el cuadro vigente. Hitos trascendentes para integrar el enfoque de género en este ámbito son algunos pronunciamientos del Tribunal Supremo, la nueva Estrategia Española de Seguridad y Salud y el compromiso de revisar el RD 1299/2006, pero aún queda un largo camino por recorrer.
Este es el resumen del artículo publicado íntegramente en la “Revista Internacional y Comparada de Relaciones Laborales y Derecho del Empleo”. REVISTA ELECTRÓNICA DE ACCESO ABIERTO. ISSN 2282-2313