4ª REVISIÓN CANCERÍGENOS

European flag

La Directiva 2022/431 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2022, recientemente publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea, modifica la Directiva 2004/37/CE, relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos o mutágenos durante el trabajo.

Esta modificación de la Directiva de cancerígenos es la cuarta en menos de cinco años. Las tres primeras revisiones introdujeron o revisaron los valores límite de exposición profesional obligatorios para 25 carcinógenos. Mientras que en esta cuarta revisión se ha adoptado un nuevo valor límite para los compuestos de níquel y para el acrilonitrilo y se ha reducido el valor límite existente para el benceno.

Destacar, que ahora también abarca las sustancias tóxicas para la reproducción. Por lo tanto, la Directiva pasa a llamarse Directiva sobre carcinógenos, mutágenos y reprotóxicos. Esto supone un logro para la protección de la seguridad y salud de las personas trabajadoras de la UE expuestos a estas sustancias que provocan infertilidad, abortos y/o malformaciones fetales. Este cambio ha sido promovido activamente por el movimiento sindical.

Para estas sustancias reprotóxicas, se introduce una distinción entre aquellas para las que se puede definir un umbral de exposición por debajo del cual no hay efectos nocivos para la salud de los trabajadores y trabajadoras (reprotóxicos umbral) y aquellas para las que puede haber efectos nocivos para su salud sea cual sea el nivel de exposición (reprotóxicos sin umbral). Además, el nuevo texto recoge la aplicación del principio de minimización de la exposición tanto a las sustancias reprotóxicas con umbral como a las que no lo tienen.

Respecto a los medicamentos peligrosos que son cancerígenos o reprotóxicos para las personas que los manipulan a diario en el sector sanitario, se ha introducido un nuevo considerando para indicar que los medicamentos peligrosos que son cancerígenos, mutágenos o reprotóxicos están incluidos en la Directiva y el artículo 11 los menciona explícitamente al establecer que debe impartirse una formación específica a quienes los manipulen.

En nuestro país, han sido traspuestas las dos primeras modificaciones de la Directiva de cancerígenos y mutágenos, quedando pendiente la tercera modificación cuyo plazo expiró el pasado 11 de julio de 2021. Por otro lado, el plazo para trasponer la cuarta modificación de la Directiva se extiende hasta el 5 de abril de 2024. Desde el sindicato entendemos que sería conveniente agilizar esta trasposición una vez realizada la de la tercera modificación.

Sin duda, esta norma es fundamental para dar una mayor protección a las personas trabajadoras expuestas a este tipo de sustancias tan peligrosas para su seguridad y salud.

Acceder a la Directiva.

Más información