Ante el frío las empresas deben cumplir con la normativa y garantizar la seguridad y salud

Worker cleaning snow on the sidewalk with a snowblower. Wintertime

Desde UGT recordamos la importancia de que las empresas cumplan con la normativa en prevención de riesgos laborales y garanticen la seguridad y salud de sus plantillas respecto a la exposición a fenómenos meteorológicos adversos, en este caso el frío.

El Ministerio de Sanidad ha puesto en marcha un sistema de avisos para informar a la ciudadanía cuando la temperatura mínima prevista sea inferior a la temperatura umbral de impacto en la salud y se alcancen los distintos niveles de riesgo. El nivel 2 corresponde al riesgo medio (color azul medio) y el nivel 3 al alto riesgo (color azul oscuro).

El estrés térmico por frío es aquel que se produce como consecuencia de una exposición laboral a ambientes de trabajo a bajas temperaturas. Dicha exposición puede producir síntomas que van desde las leves incomodidades y enfriamiento, hasta problemas más graves como la hipotermia fisiológica, además de aumentar el riesgo de padecer trastornos musculoesqueléticos.

A partir de temperaturas inferiores a los 15ºC puede comenzar la sensación de disconfort térmico y por debajo de los 5ºC se debe considerar que el riesgo es inmediato, según la Nota Técnica de prevención sobre estrés por frío del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

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