El Boletín Oficial de Aragón (BOA) de 9 de octubre de 2026 publica la Orden SAN/1440/2026, de 24 de septiembre, por la que se crea el Equipo de Valoración de víctimas del amianto de Aragón y se regula la emisión del certificado de patologías derivadas de la exposición a este material.
Esta disposición desarrolla el procedimiento previsto en la normativa estatal para el reconocimiento de las personas afectadas por el amianto, en el marco del sistema de compensación económica establecido para las víctimas.
Desde el ámbito sindical consideramos fundamental que las personas trabajadoras que hayan estado expuestas al amianto conozcan los mecanismos existentes para acreditar las enfermedades derivadas de esta exposición y puedan ejercer sus derechos.
El amianto ha dejado graves consecuencias para la salud de numerosas personas trabajadoras y de otras personas expuestas fuera del ámbito laboral. Por ello, es esencial que los procedimientos de valoración sean accesibles, rigurosos y ágiles, y que las personas afectadas dispongan de información suficiente y apoyo durante la tramitación.
Animamos a quienes consideren que pueden estar afectados, así como a sus familias, a informarse sobre este procedimiento, conservar la documentación médica y laboral disponible y consultar con la Oficina Técnica de Prevención y los servicios jurídicos para valorar cada caso.
- ¿Qué establece la nueva Orden?
La Orden crea un Equipo de Valoración de víctimas del amianto en la Comunidad Autónoma de Aragón, dependiente del departamento competente en materia de sanidad.
Este equipo será el encargado de examinar la documentación, valorar las patologías y elaborar el dictamen necesario para la emisión del certificado que acredite las enfermedades derivadas de la exposición al amianto.
- ¿Qué funciones tendrá el Equipo de Valoración?
Entre sus principales funciones se encuentran:
- Comprobar las patologías y la documentación aportada por las personas solicitantes.
- Realizar el diagnóstico y la valoración de la enfermedad, así como su calificación y revisión.
- Determinar la relación causal con la exposición al amianto o, en su caso, con el fallecimiento de la persona afectada.
- Elaborar el dictamen que servirá de base para emitir el certificado correspondiente.
El equipo estará integrado por profesionales sanitarios de las áreas de salud pública, salud laboral, sanidad ambiental e inspección médica. También contará con apoyo jurídico y podrá consultar a especialistas cuando sea necesario.
- ¿A quién puede beneficiar este procedimiento?
El procedimiento se enmarca en el sistema estatal de compensación para las víctimas del amianto y contempla exposiciones de distintos orígenes:
- Laboral: personas trabajadoras que estuvieron expuestas al amianto durante su actividad profesional.
- Doméstico: personas expuestas en el entorno del hogar.
- Ambiental: personas expuestas por las condiciones del entorno en el que vivían o desarrollaban sus actividades.
El certificado no supone la concesión automática de una indemnización. La compensación económica está sujeta a los requisitos legales.
- ¿Cómo se solicita el certificado?
La solicitud podrá tramitarse:
- Por vía telemática, preferentemente, a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón. Tramitación electrónica oficial: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/solicitud-certificado-patologias-derivadas-de-la-exposicion-al-amianto
- Presencialmente, en las oficinas de registro habilitadas.
- ¿Qué ocurre después de presentar la solicitud?
El procedimiento contempla las siguientes fases:
- El Equipo de Valoración examina la solicitud y comprueba la documentación aportada.
- El equipo emite el dictamen correspondiente.
- La Dirección General de Salud Pública del Gobierno de Aragón emite el certificado de patologías derivadas de la exposición al amianto.
Importante: la emisión de este certificado forma parte del procedimiento de reconocimiento de las víctimas. No debe confundirse con la concesión automática de una indemnización, ya que el acceso a la compensación económica está sujeto a los requisitos y al procedimiento establecidos en la normativa estatal.
- Entrada en vigor
La Orden entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón, es decir, el 10 de octubre de 2026.

