El Comité de Seguridad y Salud explicado en el «Manual delegado y delegada de prevención» de UGT Aragón

¿Tienes dudas sobre la constitución o reunión del Comité de Seguridad y Salud en tu empresa?

El Manual del delegado y de la delegada de prevención de UGT Aragón (https://manualprevenciondp.prlugtaragon.org/) sirve como herramienta de ayuda a quienes forman parte de estos comités.

Extraemos del manual los siguientes puntos fundamentales:

¿Qué es el Comité de Seguridad y Salud (CSS)?

Es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos (art. 38 LPRL).

¿Cómo se constituye el CSS? (art. 38 LPRL)

Se constituirá un Comité de Seguridad y Salud en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más personas trabajadoras.

Estará formado por los y las DP, de una parte, y por el empresario o empresaria y/o sus representantes en número igual al de los delegados y las delegadas de prevención, de la otra.

En las reuniones del Comité de Seguridad y Salud participarán, con voz pero sin voto:

  • Los delegados y las delegadas sindicales y quienes tengan responsabilidad técnica de la prevención en la empresa que no formen parte del comité.
  • También podrán participar personas trabajadoras de la empresa que cuenten con cualificación o información respecto de concretas cuestiones que se debatan en este órgano.
  • Personal técnico de prevención ajeno a la empresa, siempre que así lo solicite alguna de las representaciones en el Comité.

¿Cada cuánto debe reunirse el CSS?

El Comité de Seguridad y Salud se reunirá trimestralmente y siempre que lo solicite alguna de las representaciones en el mismo (Art. 38 LPRL).

👉 Toda la información y normativa detallada la encuentras en: https://manualprevenciondp.prlugtaragon.org/

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