Seguridad en trabajos agrícolas y ganaderos

La gestión preventiva en el sector primario exige un amplio control de los riesgos y las medidas preventivas por la gran variedad de riesgos a los que se exponen las personas trabajadoras.

En el sector agroganadero el uso de maquinaria, el contacto con animales, con productos químicos y la exposición a condiciones climáticas en ocasiones extremas, entre otros riesgos, exigen una gestión preventiva muy amplia que garantice la protección de la seguridad y la salud de las personas que desarrollan sus actividades diarias en este sector tan importante, como es el sector primario.

Riesgos en el sector agroganedero

  1. Mecanización (maquinaria): El vuelco (atrapamientos) sigue siendo la principal causa de muerte. La falta de estructuras como arcos de seguridad y el uso incorrecto de la toma de fuerza son riesgos críticos. El manejo de otras maquinarias de gran tonelaje exige un control exhaustivo que debe ser precedido de una formación específica.
  2. Riesgos Biológicos (zoonosis): Contacto con agentes infecciosos, parásitos o bacterias derivadas del manejo de animales o estiércol.
  3. Manejo de Productos Químicos: Exposición a fitosanitarios, pesticidas y fertilizantes (toxicidad aguda y crónica).
  4. Sobreesfuerzos y Posturas: Cargas pesadas y movimientos repetitivos que derivan en trastornos musculoesqueléticos crónicos.
  5. Riesgo por Fenómenos Meteorológicos: Estrés térmico por calor extremo o frío intenso, agravado por la radiación solar.

Obligaciones de la empresa y/o de quienes son titulares de explotaciones

Tienen la responsabilidad, entre otras, de:

  • Planificación de la actividad preventiva: Evaluación de riesgos de los puestos de trabajo y puesta en marcha de medidas preventivas.
  • Vigilancia de la Salud: Realizar reconocimientos médicos específicos según los riesgos.
  • Equipos de Protección Individual (EPI): Entregar y supervisar el uso de ropa técnica de protección, mascarillas, guantes, protección ocular específica,…
  • Formación e información: Asegurar que las personas trabajadoras conocen el manejo seguro de la maquinaria, protocolos de trabajo, los riesgos, las medidas,…
  • Coordinación de Actividades Empresariales (CAE):  Cuando se subcontratan servicios de cosecha, siembra o mantenimiento.

Facultades de los Delegados y las Delegadas de Prevención cuando existen en este tipo de sector

Están facultados y facultadas y tienen las competencias que la Ley de prevención les señala, y entre otras se pueden destacar:

  • Derecho de Inspección: Visitar las fincas, granjas e instalaciones para comprobar las condiciones de seguridad.
  • Paralización de Actividad: Ante un riesgo grave e inminente (ej. maquinaria sin protecciones o condiciones climáticas extremas), pueden proponer la detención de las tareas.
  • Acceso a la Documentación: Consultar las evaluaciones de riesgos y los registros de mantenimiento de la maquinaria.
  • Control del cumplimiento de la normativa, participación, información sobre la actividad preventiva, formar parte de las evaluaciones de riesgos de los puestos de trabajo….

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