El Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales (IAPRL) pone a disposición del público, y en concreto de las personas en cuyo puesto de trabajo manipulan productos cosméticos, el listado de ingredientes de especial peligrosidad en los productos cosméticos.
El folleto que recoge esta información se puede descargar a pie de página, si bien se destaca esta información de gran interés.
Los productos cosméticos que se comercialicen deben disponer de un etiquetado en el recipiente y en el embalaje, donde figure, con caracteres indelebles, fácilmente legibles, visibles y en español, entre otras, las precauciones particulares de empleo, la fecha de duración mínima y la función del producto (salvo si se desprende de su presentación).
Los productos cosméticos están regulados en una normativa específica, el Reglamento (CE) nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre, sobre los productos cosméticos y el Real Decreto 85/2018, de 23 de febrero, por el que se regulan los productos cosméticos. En dicha normativa se establece que los productos cosméticos han de ser seguros en las condiciones de utilización normales, o razonablemente previsibles, debiendo respetar las normas de composición y etiquetado previstas.
Esta normativa, tiene en cuenta a consumidores y consumidoras en general y no garantiza el uso seguro del profesional que manipula diariamente los cosméticos y que puede estar durante años en contacto con estas sustancias, pudiéndole ocasionar efectos sobre su salud.
Tampoco exime de la obligación empresarial de evaluar los riesgos y aplicar las medidas de prevención y protección adecuadas para la protección de las personas trabajadoras.
Los cosméticos, que manipulan quienes son profesionales del sector de peluquería y otros tratamientos de belleza, al estar regulados por una normativa específica, quedan fuera del ámbito de aplicación del Reglamento (CE) nº 1272/2008 (3) sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas y, por lo tanto, quien los fabrica o distribuye no tienen obligación de proporcionar una ficha de datos de seguridad.
A nivel de usuario o usuaria profesional se puede solicitar, información complementaria sobre los productos cosméticos, que se utilicen en su centro de trabajo con el fin de poder conocer, si las hubiese, las sustancias peligrosas presentes y de este modo ayudar a realizar una correcta evaluación del riesgo debido a la exposición a agentes químicos peligrosos en este sector, ya que el proveedor, suministrador o responsable, tiene obligación de que los datos existentes sobre efectos no deseados, graves o no, derivados de la utilización del producto cosmético se hagan fácilmente accesibles al público por los medios adecuados. La información cuantitativa relativa a la composición del producto cosmético que deberá comunicarse se limitará a las sustancias peligrosas.