30 años después de la entrada en vigor de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, aun persisten retos, como la siniestralidad grave y mortal, los riesgos psicosociales, la igualdad entre mujeres y hombres, entre otros asuntos, que son parte esencial de la seguridad y la salud en el trabajo.
En estas tres décadas se han registrado avances significativos, sin embargo aun quedan retos que abordar, como los accidentes de trabajo graves y mortales, el envejecimiento de la población trabajadora, la igualdad entre hombres y mujeres, así como abordar la perspectiva de género en la seguridad y la salud laboral, el afloramiento de las enfermedades profesionales, los nuevos riesgos emergentes derivados de la transformación digital, el cambio climático o la globalización de las cadenas productivas, o la salud mental, como parte esencial de la seguridad y la salud en el trabajo, que obligan a seguir avanzando hacia entornos de trabajo más seguros, saludables y adaptados a los desafíos del siglo XXI.
El Gobierno y las organizaciones sindicales más representativas, en el marco del diálogo social, han acordado impulsar decididamente la tramitación administrativa y parlamentaria conducente a la aprobación de la Ley por la que se modifica la Ley 31/95 de prevención de riesgos laborales, así como el RD 39/97 del reglamento de los servicios de prevención y el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores.
Y con esta actualización se pretende:
- Integrar la perspectiva de género en la gestión de la PRL, tratando de garantizar la protección de todas las personas trabajadoras, hombres y mujeres, por igual.
- Incorporar la integración de la edad y la diversidad generacional en la gestión preventiva de las organizaciones, garantizando, en su caso, la adaptación del trabajo a la evolución de las aptitudes psicofisiológicas de las personas trabajadoras.
- Visibilizar aquellos riesgos laborales cuya incidencia se ha visto incrementada en los últimos años, en particular los vinculados a los factores psicosociales, los derivados del cambio climático y de las nuevas formas de organización del trabajo, como el trabajo a distancia, así como los originados por insuficiencias en materia de desconexión digital.
- Prevenir los accidentes y enfermedades relacionados con el trabajo, promoviendo la sensibilización y la gestión de, entre otros, los riesgos psicosociales y ergonómicos, con mayor presencia en los entornos de trabajo con motivo de la tercerización y la digitalización de la economía.
- Favorecer la detección de los daños derivados del trabajo a través de la mejora de la gestión de la seguridad y la salud laboral.
- Fortalecer la organización preventiva de la empresa, a través de entre otras, una mayor presencia y peso funcional de las personas trabajadoras con funciones preventivas de la empresa.
- Favorecer un funcionamiento más eficaz de las entidades especializadas acreditadas como servicios de prevención de los registros en los que estén inscritas.
- Actualizar e incrementar la formación exigible a las personas que desarrollan funciones de nivel básico, intermedio y superior.
- Aumentar la protección de las personas trabajadoras autónomas cuando desarrollan su actividad de forma concurrente con otras empresas o personas trabajadoras autónomas.

