UGT considera esencial que las empresas establezcan medidas y protocolos protejan a las personas trabajadoras y que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales que se está negociando en el dialogo social incluya los problemas de salud mental de la clase trabajadora.
En nuestro país, según datos provisionales del INE de 2024, se produjeron 3.846 muertes por suicidio, y aunque esto supone un descenso de 6,6% con respecto a 2023, unas cifras absolutamente intolerables.
No existe una única causa del suicidio, influyen múltiples factores sociales, psicológicos o ambientales. La depresión, las adicciones o los intentos previos son factores de riesgo, pero la OMS señala otras causas probadas como vivir en situación de guerra; los desastres naturales; sufrir violencia o abusos, entre otros.
En el ámbito laboral, existen ciertas ocupaciones que presentan mayores tasas de suicidios, un hecho parece estar relacionados con la exposición a situaciones estresantes o violentas y la facilidad de acceso que tengan a armas de fuego, medicamentos o pesticidas.
Las condiciones laborales pueden influir en la incidencia de los problemas mentales entre la población trabajadora, de hecho, el 73% de los suicidios en 2021 ocurrió en países de ingresos bajos o medianos. Por ello, desde UGT recordamos la importancia de que las empresas cumplan con la normativa en prevención de riesgos laborales, incluyendo la gestión de los riesgos psicosociales y organizativos, para proteger la salud mental de sus plantillas.
La información y formación para detectar pensamientos o conductas suicidas en el entorno laboral y saber cómo actuar supondría una herramienta útil en la prevención.
Hay que destacar la implantación de protocolos contra el suicidio, negociados junto con la representación legal de las personas trabajadoras, en los que se incluyan, entre otras cosas, una línea de ayuda inmediata, soporte o ayuda psicológica para aquellas personas trabajadoras que lo necesiten, campañas de sensibilización frente a este problema y procedimientos de seguridad en los casos en los que haya riesgo de suicidio que incluyan el seguimiento de la persona en riesgo y su reintegración en la empresa.